El gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Daniel Scioli, promulgó esta semana la Ley Nro. 14.735 de Boleto Especial Educativo, iniciativa que fue fuertemente impulsada por la Universidad Nacional de La Plata junto a distintas agrupaciones estudiantiles, y que en el pasado mes de julio fue sancionada por la Legislatura Bonaerense.
De esta manera, el Ejecutivo Bonaerense dio su aprobación a la ley, y ahora sólo resta su reglamentación para que unos 5 millones de estudiantes del nivel inicial, primario, secundario, terciario y universitario puedan viajar gratis en transporte terrestre y ferroviario, y también en el fluvial para aquellos alumnos de la zona del Delta.
Cabe destacar que la Universidad de La Plata fue la única casa de estudios de la región que asumió el compromiso político de gestionar –desde la génesis misma del proyecto– la aprobación de la ley, acompañando siempre el reclamo a las distintas agrupaciones del movimiento estudiantil.
Las gestiones para lograr materializar esta iniciativa fueron llevadas adelante por el vicepresidente del Área Institucional de la casa de estudios platense, Fernando Tauber, quien incluso participó activamente de diferentes reuniones a nivel parlamentario y realizó aportes de carácter técnico que fueron incluidos en la redacción final del proyecto aprobado esta tarde.
LOS DETALLES DE LA NUEVA LEY
El texto de la ley de Boleto Especial Educativo señala en su artículo 1°: "Créase un régimen especial de boleto para los usuarios del sistema de transporte provincial ferroviario, fluvial y de colectivo de pasajeros en sus servicios urbano, suburbanos e interurbanos, destinados a alumnos pertenecientes a instituciones educativas públicas de gestión estatal y de gestión privada con aportes del estado en todos los niveles, incluidos los de formación profesional y bachilleratos populares que tengan asiento en la provincia de Buenos Aires".
La nueva norma establece la gratuidad de Boleto para estudiantes de los niveles inicial, primario, medio, terciario, superior universitario, formación profesional y bachilleratos populares.
En su artículo tercero, la ley fija que el nuevo boleto "podrá ser utilizado durante los días hábiles del año escolar". Y fija la cantidad máxima de viajes autorizados según el siguiente esquema:
Para el sistema urbano e interurbano: 50 viajes mensuales para alumnos primario y secundarios; y 45 viajes mensuales para terciarios y universitarios.
En tanto, para el sistema de larga distancia, sólo se otorga el beneficio a los estudiantes universitarios, con un tope de cuatro viajes anuales (ida y vuelta).
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Escrito por: Redacción InfoCañuelas