En los últimos meses ha proliferado en el partido de Cañuelas la venta de lotes en nuevos parcelamientos, muchas veces sin la aprobación de planos en la Municipalidad y sin la correspondiente convalidación del área de Geodesia de la Provincia de Buenos Aires.
El lunes InfoCañuelas visibilizó el caso de algunos emprendimientos en el corredor de la Ruta 3, uno de los cuales está arrasando con añosos eucaliptos ante el vacío de normas locales que regulen la extracción y reposición de especies.
Frente a esta problemática, el gobierno municipal emitió un decreto (número 238/21) que intenta unificar en un solo texto los requisitos a la hora de impulsar un fraccionamiento, quizá con el propósito de poner un freno temporal a los loteos descontrolados hasta tanto se pueda legislar en profundidad en la materia.
Este decreto firmado por la intendente Marisa Fassi pone el acento en el arbolado público, el cese de cualquier depredación arbórea y la obligatoriedad de presentar proyecto de desagües respecto a la apertura de calles.
En el desarrollo del decreto se estable que los emprendimientos deberán encontrarse “en cabeza de sus propietarios” y que se deberá acompañar el título de propiedad de los terrenos que se proponga subdividir, un certificado de la autoridad competente y toda transmisión parcial de dominio.
En el artículo 3 se establece que para la apertura de calles los desarrolladores estarán obligados a presentar ante el municipio, planimetrías, proyecto de calles a ceder y proyecto de desagües firmados por profesional competente. La redacción de este artículo es un tanto confusa ya que en su introducción habla de “apertura de calle cedida con plano de mensura aprobado anterior a la fecha de solicitud”, por lo que parecería no aplicar a los loteos nuevos. InfoCañuelas consultó este ítem en la Secretaría Legal y Técnica, donde aclararon que aplica a todos los loteos, sean “nuevos o viejos”.
El costo de los honorarios, materiales y combustible de las máquinas usadas para la apertura de calles -que generalmente estaba a cargo del municipio- ahora quedará a cargo del desarrollador.
Por otra parte el artículo 7 establece que todo proyecto de loteo o subdivisión deberá estar acompañado de un anteproyecto de Arbolado Público, con el detalle de las especies que se plantarán y distanciamiento entre ejemplares. La Subsecretaría de Alumbrado Público y Espacios Verdes será el área de aplicación y por lo tanto la encargada de verificar el estado fitosanitario del arbolado existente e indicar la cantidad y especies a colocar según el plan de arbolado vigente.
Este artículo -también genérico, que no distingue el arbolado público del privado- se basa en la ordenanza de Arbolado Público Nro. 3412 aprobada el 22 de octubre de 2020, normativa que hasta el momento no se estaba exigiendo como requisito para las urbanizaciones.
Dicha ordenanza aprobada durante la pandemia establece en su artículo 24 que “Todo proyecto de loteo o subdivisión, apertura o ensanche de calles, deberá prever un anteproyecto de Arbolado Público, donde consten especies, variedades, distanciamiento entre cada planta”. Luego agrega que sin la presentación de ese plan “no se dará curso favorable al mismo” como tampoco “se otorgarán Final de Obra, permisos de Comercialización de loteos ni Habilitaciones Comerciales”.
Escrito por: Redacción InfoCañuelas