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22 de octubre. Cañuelas, Argentina.

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Cobro de tasas municipales en la boleta de Edesur: la justicia admitió el amparo de Cañuelas

El Juzgado Nro. 3 de Lomas de Zamora hizo lugar a la cautelar por lo que preventivamente quedó sin efecto la prohibición del Estado Nacional.

Cada cliente domiciliario de Edesur paga $ 5.550 de Alumbrado Público en la boleta de luz.

Con fecha 21 de octubre, el juez Juan Pablo Augé, titular del Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Nro. 3 de Lomas de Zamora, dictó una medida cautelar interina que suspende las resoluciones de la Secretaría de Industria y Comercio de la Nació y del ENRE que prohibían incluir la tasa de Alumbrado Público (TAMSA) en la boleta de Edesur.

De esta manera Augé hizo lugar al amparo presentado el 17 de octubre por los letrados municipales Micaela Ramírez y Sebastián Demicheli Calcagno, quienes argumentaron que la disposición del Estado Nacional es anticonstitucional porque cercena atribuciones del municipio en cuanto a su potestad de crear tasas y apelar a la logística de las empresas prestadoras de servicios públicos para efectuar la recaudación.

Agregaron que el Estado Nacional incurrió en un “exceso reglamentario” y que el acuerdo que se mantiene con Edesur desde 1995 permite compensar los gastos energéticos de los edificios públicos tales como el Hospital Marzetti y el COM, fundamentales para garantizar asistencia sanitaria y seguridad pública.

Ramírez y Demicheli acompañaron la presentación con una nota de compensación firmada por el apoderado de Edesur, Gustavo Galante. Allí se detalla que en julio la Municipalidad gastó 133 millones en alumbrado público, 16 millones en consumo eléctrico de edificios municipales, bombas de agua, etc.; 15 millones de “otros conceptos”; y 6 millones de comisión a Edesur por el servicio de recaudación, haciendo un total de $ 171.436.126,43. En el mismo período la Municipalidad percibió casi 127 millones por el canon del 6,24 % sobre el consumo eléctrico; y $ 44 millones por TAMSA, haciendo un total de $ 171.189.125. En resumen, un saldo de $ 247.000,65 a favor de Edesur.

“Surge claro del relato de la accionante y de la documental que se acompaña, que los fondos recaudados por aplicación de la citada tasa son utilizados para sostener y mantener el alumbrado público y el servicio eléctrico brindado a los distintas instituciones y edificios municipales” y que la imposibilidad de recaudar esos fondos por otra vía “afectaría el funcionamiento de los distintos servicios municipales, edificios e instituciones que se sustentan con la recaudación de dicha tasa por alumbrado público, con el consiguiente peligro para la seguridad de las personas y de los bienes en el distrito de Cañuelas” señala la resolución de Augé.

En esa línea, el magistrado consideró que el pedido formulado por la Municipalidad de Cañuelas “tiene grado de verosimilitud suficiente dentro de este análisis preliminar”.

Sin adelantar una opinión sobre la cuestión de fondo, Augé dictó una medida cautelar interina otorgándoles a la Secretaría de Comercio y el ENRE un plazo de cinco días para que produzcan un “informe circunstanciado” que se evaluará antes de dictar el amparo definitivo.

El 10 de octubre el director Comercial de Edesur, Luciano Sket, le comunicó a la Municipalidad de Cañuelas que la empresa había decidido suspender el cobro de la tasa de Alumbrado Público desde el 6 de octubre, acatando la resolución nacional. En la cautelar de hoy el juez Augé también le comunicó a Edesur la medida suspensiva.
 

Escrito por: Redacción InfoCañuelas