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18 de octubre. Cañuelas, Argentina.

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Condenan a la Municipalidad a pagar $ 26 millones por la muerte de tres personas en un paso a nivel

Ese monto deberá ser abonado a la empresa aseguradora de Transportes Metropolitanos, condenada junto con la comuna por un siniestro ferroviario ocurrido en 2006.

Imagen referencial.

La Municipalidad de Cañuelas fue condenada a pagar $ 26.230.447,25 a la compañía Trainmet Seguros S. A. por la muerte Nadia Azar y las menores Paola Gabriela Rubilar y Camila Endara, quienes fueron arrolladas por una formación ferroviaria el 10 de mayo de 2006 en lo que hoy es el paso bajo nivel de las calles Azcuénaga/Barcia.

El fallo fue dictado el 14 de octubre por el juez Ignacio Rebaudi Basavilbaso, titular del Juzgado Civil Nro. 34 de la Capital Federal, quien además del monto consignado -que deberá abonarse en 30 días- ordenó trabar embargo por otros 15 millones en cuentas del municipio en el Banco Provincia para responder a intereses y costas.

En 2019 la empresa Transportes Metropolitanos General Roca (TMR) y la Municipalidad de Cañuelas, en forma solidaria, fueron condenadas por la muerte de Nadia Azar, su hija adoptiva Paola Gabriela Rubilar y la amiguita de ésta, Camila Endara. 

En el fallo quedó establecido que el paso a nivel carecía de barreras, señal sonora y lumínica (responsabilidad de la empresa ferroviaria) pero tampoco había señaléctica preventiva, mantenimiento de la calle o corte del pasto, responsabilidad del municipio, en ese momento a cargo del intendente Héctor Rivarola.

Trainmet Seguros alegó que el año pasado le abonó a la familia de las víctimas la totalidad de la condena solidaria ($4.900.000 de capital y $47.560.694,50 de intereses) por lo que reclamó al municipio un pago equivalente ($ 50.460.894,50) por haber sido declarado corresponsable del siniestro.

En su fallo del día de ayer el juez Rebaudi Basavilbaso consideró que aceptar la petición pretendida por la aseguradora “sería como barrer con la condena respecto de Transportes Metropolitanos General Roca S.A.”. En consecuencia dictaminó que “la suma repetible contra el codeudor solidario se encuentra limitada hasta el 50% del total abonado, en el caso, $ 26.230.447,25, que es entonces el monto por el cual se admitirá lo solicitado”.

Como lo reveló InfoCañuelas la semana pasada, la Municipalidad de Cañuelas fue considerada como no presentada en este expediente por un error técnico en la firma del descargo.

Escrito por: Redacción InfoCañuelas