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22 de noviembre. Cañuelas, Argentina.

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El Gobierno emitió el decreto que devuelve al Estado la administración de rutas nacionales

La cancelación de los contratos PPP se formalizó en un Decreto de Necesidad y Urgencia del Ejecutivo Nacional.

El Corredor Sur volvió al Estado.

El Gobierno de Alberto Fernández oficializó hoy la decisión de que la Dirección Nacional de Vialidad (DNV) recupere y mantenga más de 3 mil kilómetros de rutas a través de Corredores Viales S. A.

Corredores Viales es una empresa de capital social íntegramente estatal, cuyos accionistas son el Ministerio de Obras Públicas que posee el 51% y Vialidad Nacional con el 49%.

La medida se dictó mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 1036/2020 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, con su firma y la del pleno del gabinete nacional. La decisión devuelve al Estado la gestión y administración de las rutas 3, 5, 7, A008, 8, 9, 11, A012, 33, 34, 35, 36, 193, 205, 226; Autopista Riccheri, Autopista Jorge Newbery; y Autopista Ezeiza Cañuelas; entre otras.

El ministro de Obras Públicas, Gabriel Katopodis, y el administrador General de Vialidad, Gustavo Arrieta, habían anunciado en febrero que cinco corredores viales con unos 3.373 kilómetros de rutas que estaban concesionados a manos del Estado iban a volver a manos de la DNV.

La semana pasada detallaron que tras negociaciones con los concesionarios hubo un mutuo acuerdo para dar de baja los contratos sin que esto dispare litigios contra el Estado nacional en el futuro. La mayoría de las concesionarias habían comprometido inversiones a través de proyectos de Participación Pública y Privada (PPP) firmada durante la gestión de Mauricio Macri, pero según el gobierno actual, sólo se desarrolló el 2% de lo comprometido.

Tramos del Corredor Sur que quedan bajo la órbita de Corredores Viales

El decreto conocido hoy señala que “la extinción de los seis Contratos PPP a cargo del Proyecto ´Red de Autopistas y Rutas Seguras PPP – Etapa 1´ dejó pendiente de ejecución diversas obras necesarias para la conservación, mantenimiento y ampliación de capacidad de las rutas, autovías y autopistas en los Corredores Viales Nacionales correspondientes, y es por ello que procede utilizar otros instrumentos legales y contractuales distintos a los de la Ley Nº 27.328, a los efectos de satisfacer dichas necesidades”.

LOS PRINCIPALES PUNTOS DEL DECRETO

• Se establece que la Dirección Nacional de Vialidad “conserva y mantiene” la administración de los tramos de los Corredores Viales Nacionales motivo del decreto; y que se otorga la concesión de obra pública por peaje para la “construcción, mejora, reparación, promoción, ampliación, remodelación, mantenimiento, administración, explotación y prestación de servicios al usuario a Corredores Viales S. A.

• Se instruye al Ministerio de Obras Públicas a aprobar y suscribir el correspondiente contrato de concesión con la empresa Corredores Viales, previa intervención de la Dirección Nacional de Vialidad.

• El contrato de concesión a suscribirse se fijará en un plazo de 10 años, contemplando además la posibilidad de prorrogarse por períodos sucesivos.

• Los ingresos de la concesión comprenderán las tarifas que se aplicarán a los usuarios, los ingresos que obtenga de la explotación de las áreas de servicios y de explotaciones complementarias y las subvenciones, subsidios y/o transferencias de aportes del Estado Nacional.

• El contrato determinará las bases tarifarias y su procedimiento de fijación y reajustes, contemplando la participación ciudadana y su revisión por parte de la autoridad de aplicación.

• El contrato contendrá el Plan de Obras a ejecutar y los parámetros técnicos exigidos para la construcción, mejora, reparación, promoción, ampliación, remodelación, mantenimiento, administración, explotación de la concesión y la prestación de servicios.

• Se incorporará a la empresa Corredores Viales S. A. el personal que hasta la fecha de toma de posesión se encontrare en relación de dependencia con los Contratistas PPP predecesores de los Corredores Viales Nacionales “A”, “B”, “C” y “SUR”, manteniendo la antigüedad adquirida a esa fecha y respetando las demás condiciones laborales vigentes a ese momento. Esta disposición no incluirá al personal jerárquico.

Escrito por: Redacción InfoCañuelas