Domingo 24 de mayo de 2020, a la 7 de la mañana. Alex Campo (15) salió a cazar liebres con dos vecinos del barrio, los hermanos Agustín (19) y José Cabañas (22). Atravesaban el campo de Rodolfo Sánchez para llegar hasta el barrio El Taladro cuando se toparon con el dueño en su camioneta Dodge RAM 4x4.
Así comenzó la fatídica jornada en la que Alex perdió la vida al ser arrollado por la chata. Desde entonces el productor agropecuario, de 58 años, permanece detenido y procesado por el delito de Homicidio doloso.
Este lunes, al cumplirse el primer aniversario, se realizará un acto de familiares y amigos que tendrá lugar a las 8.30 en su hogar de calle Allende 826 del barrio Guzzetti.
A las 17 hs. está programado un acto nacional por Zoom con la participación de familiares, amigos, militantes del MTL Y CTA (organizaciones en las que participaba la víctima), la comunidad galguera y todos los que quieran sumarse.
"Pedimos justicia por Alex. Cárcel efectiva hasta el juicio y cadena perpetua para Rodolfo Pablo Sánchez" es la consigna del encuentro.
Los resultados de la autopsia conocidos poco después del deceso indicaron que Alex murió como consecuencia de un traumatismo cerrado de tórax y abdomen y “shock hipovolémico” (abundante y brusca pérdida de sangre). El cuerpo presentaba además un traumatismo de cráneo, con fracturas en la zona frontal y parietal izquierda; y una luxación del fémur izquierdo.
Según la opinión de los forenses, esas lesiones fueron generadas por una “caída e impacto de alta cinética sobre una superficie dura”. Dicho en otras palabras, Alex fue chocado a alta velocidad y la superficie dura (la camioneta) le provocó lesiones mortales.
En los primeros meses de 2020 Sánchez estuvo imputado del delito de “Homicidio agravado por alevosía”. En noviembre la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal, modificó la carátula por “Homicidio doloso”.
“Quedó claro que el imputado dirigió la camioneta hacia las personas que habían intrusado su campo cuando éstos trataban de abandonarlo. También que lo hacía a una velocidad suficiente como para tratar de alcanzarlos. Por ello, considero que el propósito era el de llegar a ellos. Sumo el hecho de que descreo de los dichos del imputado en cuanto a que la persona ´apareció de la nada´, por lo que no puedo sino inferir que, como mínimo, el sujeto se representó la probabilidad de ocurrencia del resultado acaecido y no obstante siguió con su accionar. Esto es que actuó con dolo, aunque sea el llamado eventual. Dicha circunstancia amerita calificar al homicidio como doloso” sostuvo la jueza Miriam Patricia Ermili en un fallo acompañado por sus pares Raúl Dalto y María Silvia Oyhamburu.
En cuanto a la calificación, Ermili señaló que con la prueba colectada hasta el momento “es imposible afirmar la existencia del tipo subjetivo del homicidio alevoso”. ¿Cuál es la diferencia de la pena? Mientras que el homicidio agravado por alevosía aplicado por la Fiscalía 2 en el inicio de la causa prevé una condena de reclusión perpetua; el homicidio doloso contempla un máximo de 25 años de cárcel. De todas maneras cabe aclarar que son carátulas provisorias.
El 30 de abril pasado la misma Cámara rechazó un nuevo pedido de prisión domiciliaria impulsado por el defensor Fabián Améndola, integrante del estudio Burlando.
Se espera que este año la causa llegue a juicio oral y público. Al tomar la representación del caso el abogado Maximiliano Rusconi expresó que si bien todos los crímenes deben ser esclarecidos “en este caso tan particular, tan triste, tan desigual, donde la víctima fue tan vulnerada y el victimario mostró un comportamiento tan despreciable, si quedara impune sería una herida enorme no sólo para la familia sino para la sociedad”.
Escrito por: Redacción InfoCañuelas