22 de noviembre. Cañuelas, Argentina.

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La defensa de Sánchez sumó un pedido de prisión domiciliaria y que declaren más testigos

Cuando el juez aún no resolvió el requerimiento de la excarcelación extraordinaria, se presentó un nuevo planteo de morigeración.

La UFI 2 deberá decidir si acepta los nuevos testimonios.

La UFI 2 deberá decidir si acepta los nuevos testimonios.

Antes del sábado 27 de junio el juez Martín Miguel Rizzo deberá decidir si decreta la prisión preventiva de Rodolfo Pablo Sánchez –como pidieron la Fiscalía y el particular damnificado– o si firma la excarcelación extraordinaria –como demandó la defensa–.

Cuando aún restan algunas horas para que el magistrado firme su resolución y en medio de una movilización al Juzgado programada para este viernes por vecinos y amigos de Alex Campo, la defensa de Sánchez presentó un nuevo pedido, esta vez de prisión domiciliaria.

Quizá previendo un rechazo de Rizzo a la excarcelación lisa y llana, los abogados Silvia Saracino y Lino Andrés Gauto Cardozo jugaron una última carta pidiendo que su defendido permanezca privado de su libertad pero en su vivienda de Ezeiza.

Al igual que en el primer pedido del martes pasado, ofrecieron la posibilidad de que sea controlado mediante tobillera electrónica, que se le dicte la prohibición de salida del país y ofrecieron una caución mediante embargo del campo de Cañuelas donde ocurrieron los hechos.

En el requerimiento de prisión preventiva presentado el 22 de junio la fiscal Norma Pippo fundó su pedido en que existen riesgos procesales como peligro de fuga, entorpecimiento probatorio y capacidad económica tanto para eludir el accionar judicial como para influenciar negativamente a testigos.

En el pedido de prisión domiciliaria Saracino y Gauto Cardozo intentaron desvirtuar esos supuestos al señalar que su defendido nunca tuvo una conducta elusiva; y que todas las pruebas recogidas en el lugar del hecho como las pericias más relevantes ya han sido producidas y resguardadas.

En otro párrafo los letrados argumentaron que la condición económica en sí no debería ser motivo de prejuzgamiento: “En ninguno de los presupuestos del art. 148 del Código Procesal Penal se menciona la condición social ni tampoco los mayores o menores recursos económicos como presunciones de elusión de la justicia o entorpecimiento probatorio, por lo cual cualquier referencia a tales circunstancias atentan contra la igualdad ante la ley y el principio de inocencia, ya que supondrían un prejuzgamiento sobre la conducta futura y su peligrosidad por el sólo hecho de pertenecer a una clase social y no a otra, constituyendo un supuesto de discriminación inaceptable”.

En varias fojas los letrados también fundamentaron el pedido de la prisión domiciliaria en el incremento del número de casos de Covid-19 en territorio provincial y la incapacidad del Estado bonaerense para garantizar una atención sanitaria dentro de los centros de reclusión. 

NUEVOS TESTIGOS

En otro orden, los letrados pidieron ante la fiscal Norma Pippo que autorice la declaración de tres nuevos testigos para que den fe de los dichos de Rodolfo Sánchez respecto a la existencia de ganado vacuno en su campo el día del hecho.

Los testigos propuestos por la defensa son Maximiliano Pablo Gastón Montenegro, dueño del campo Los Abuelos vecino al de Sánchez; Alfredo Sella, jubilado y vecino de Cañuelas dueño de otro campo lindero; y del peón rural Gustavo Godoy.

Como se recordará, Sánchez declaró que se dirigió hacia los hermanos Cabaña tocando bocina al advertir que cada uno de ellos se estaba llevando un ternero en brazos; y que en ese recorrido Alex apareció de pronto en su camino, pero hasta el momento no está acreditada la presencia de ganado en ese potrero.

En el requerimiento de prisión preventiva de la fiscal Pippo se indica que “el imputado atravesó al menos 150 metros de llano antes de impactar a la víctima con su vehículo, quedando así evidenciado el conocimiento y voluntad” de hacerlo; y que “no existe ningún tipo de obstáculo visual en el lote en el que sucedió el hecho, sino por el contrario que resulta ser un absoluto llano con pasto mediano y corto”.

Escrito por: Redacción InfoCañuelas