25 de noviembre. Cañuelas, Argentina.

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Una respuesta concreta para que las PyMEs afronten el “día después”

Programa Preservar Trabajo en la Provincia de Buenos Aires para micro y pequeñas empresas que no obtuvieron los beneficios del programa ATP. Escribe: Luis María Peña.

El 22 de julio se publicó en el Boletín Oficial el decreto 613/2020 que establece un programa para sostener y generar empleo en las unidades económicas más afectadas por la pandemia declarada con motivo de la enfermedad provocada por el virus SARS-CoV-2 (Covid-19) y que no hayan recibido loas beneficios de los planes y programas nacionales de asistencia y protección. 

El Ministerio de Trabajo de la Provincia, como autoridad de aplicación del Programa, dictará las normas interpretativas, complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para su implementación, cuya ejecución será articulada entre organismos públicos provinciales, propiciando la participación de organismos públicos nacionales, municipales, organizaciones representativas de trabajadores y trabajadoras, organizaciones empresariales y federaciones, u otro tipo de asociaciones que nucleen a las unidades productivas bajo la forma jurídica de cooperativas o de la autogestión por sus trabajadores/as.

Los destinatarios del programa son las micro y pequeñas empresas, quedando comprendidos en esa categorización las unidades productivas abarcadas dentro de los parámetros vigentes, establecidos por Res. MTP SEPYME 563/19.
Según esta norma vigente son micro y pequeñas medianas aquellas que no superen los siguientes límites de ventas anuales y personal ocupado, según los distintos sectores y cuyos establecimientos productivos se encuentren radicados en el territorio de la provincia de Buenos Aires :

El beneficio será otorgado por el Ministerio de Trabajo, de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias, atendiendo razones fundadas de índole objetiva, debidamente constatadas, que afecten particularmente a una empresa, sector o región y pongan en riesgo la situación de empleo de las personas trabajadoras.

A tal fin, por una parte el Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica elaborará un listado actualizado en forma permanente de las actividades económicas que se encuentren en la situación de emergencia, identificando aquellas que, en términos de potenciales pérdidas de puestos de trabajo, resulten de atención prioritaria; Además, elaborará a requerimiento concreto de la autoridad de aplicación y respecto de las empresas que soliciten los beneficios del programa, un informe técnico sobre la situación económica y productiva de las mismas, incluyendo una recomendación sobre el otorgamiento o rechazo del beneficio.

Por su parte el beneficio consiste en una prestación dineraria individual no reembolsable de hasta un monto equivalente al cincuenta por ciento (50%) del Salario Mínimo Vital y Móvil, por un plazo de tres (3) meses, que podrá ser prorrogado sucesivamente hasta un máximo de doce (12) meses, o mientras dure emergencia social, económica, productiva y energética declarada por la Ley N° 15.165, si su plazo fuera menor, para cada una de las personas trabajadoras registradas en relación de dependencia de dichas empresas , con un adicional del veinte por ciento (20%) cuando se trate de trabajadores o trabajadoras con discapacidad.

Este importe será destinado a completar la remuneración de la persona trabajadora, será abonada directamente a cada una de ellas mediante acreditación en cuenta del Banco de la Provincia de Buenos Aires (salvo cuando no resulte operativamente viable).

Como contrapartida, las empresas que resulten beneficiarias del programa estarán obligadas a mantener la dotación de personas trabajadoras al momento de su adhesión, y deberán cumplir con todas las obligaciones legales y convencionales, laborales, sociales y previsionales, respecto de cada persona trabajadora incluida. 

Esperamos que la Municipalidad de Cañuelas participe activamente ya que este Programa es una respuesta concreta para “el día después”. Para transitar la “nueva normalidad” preservando la sostenibilidad de las empresas y el empleo digno.

Luis María Peña
Abogado, doctor en Derecho 
Profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Escrito por: Luis María Peña