El pasado 27 de marzo el vecino de Olavarría Juan Emilio Vitale inició una causa en el Juzgado de Paz de Cañuelas para reclamar la nulidad de una fotomulta que consideró improcedente por dos razones: la recibió fuera de plazo y el exceso de velocidad que se le atribuía estaba dentro del límite de tolerancia.
La jueza Inés Del Valle Rivarola advirtió que los temas relativos a infracciones de tránsito son atribución de la Justicia de Faltas, por lo que se declaró incompetente.
Vitale, titular de un Ford Territory patente AE636NS, alegó que en marzo de 2024 recibió una fotomulta registrada el 14 de junio de 2023 a las 15.27 en el km. 66.500 de la ruta 205, donde fue captado circulando a 63,4 km. en un tramo donde el límite establecido era 60.
Planteó que fue notificado de manera extemporánea, teniendo en cuenta que la Ley Provincial 13.927 determina en su artículo Nro. 28 que la notificación debe ser practicada en un plazo no mayor a 60 días hábiles. En su caso la infracción le fue comunicada nueve meses después de la constatación.
Asimismo, destacó que la Ley Nacional Nro. 24.449, en su artículo 77 inc. N, indica que “la violación de los límites de velocidad mínima y máxima poseen un margen de tolerancia del 10%”. En este caso se lo acusa de haber transgredido el límite en sólo 3,4 Km/h, exceso que se encuentra dentro del margen de tolerancia, por lo que la infracción jamás debió ser emitida.
Por último, subrayó que en el artículo 28 de la ley 13.927 determina que “El incumplimiento de las medidas referenciadas (...) hará que las actas de infracciones y/o foto multas generadas, sean nulas de nulidad absoluta y carentes de vínculo jurídico exigible para su efectivo cumplimiento y pago”.
En virtud de estas claras anomalías, Vitale pidió que la jueza de Cañuelas reciba el descargo, declare la nulidad de la fotomulta, lo exima de cualquier responsabilidad ulterior y considere cerrada la infracción por improcedente.
LA RESPUESTA DE LA JUEZA
Tras evaluar el pedido, la jueza de Paz Inés del Valle Rivarola se declaró incompetente alegando que lo reclamado por Vitali era una cuestión de índole administrativa que no corresponde a su fuero.
"Son los Jueces Administrativos de Infracciones de Tránsito Provincial los que tendrán competencia en el juzgamiento de infracciones por faltas cometidas en rutas, caminos, autopistas, semiautopistas o autovías provinciales o nacionales en el territorio de la Provincia; mientras que las infracciones de tránsito cometidas en territorio municipal con exclusión de las vías establecidas en el párrafo anterior, serán juzgadas por la Justicia de Faltas Municipal, dependiente de la comuna correspondiente, y no de este Juzgado, que pertenece a la órbita del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires" explicó la magistrada.
"Tampoco consta que se haya dictado sentencia condenatoria en el ámbito de la Justicia de Faltas" concluyó Del Valle Rivarola, es decir que Vitali no había agotado las instancias de reclamo en la Justicia de Faltas.
Al respecto la ley sostiene que los descargos por infracciones en rutas o autopistas se deben realizar ante al Juzgado Provincial de Faltas. A Cañuelas le corresponde el de La Plata, a cargo de Mario Quattrochi.
Si el juez de Faltas provincial llegara a rechazar el descargo presentado por un presunto infractor, se abre un plazo de cinco días en el que es posible apelar la resolución. Entonces sí el juez que impugne debe elevar el reclamo al Juzgado Correccional en turno de la jurisdicción o al Juzgado de Paz del distrito donde se cometió la supuesta infracción.
Escrito por: Redacción InfoCañuelas