Ante la polémica generada por un nuevo local nocturno de Acuña y Libertad (que fue habilitado como bar pero funciona como boliche bailable), la dirección de Comercio que conduce José Bellezza comenzó a notificar a los bares, pubs, boliches y restaurantes de Cañuelas, que a partir de ahora deberán ajustarse al rubro para el cual fueron habilitados, según los lineamientos de la Ordenanza 2055/05.
Este martes la oficina a cargo de Bellezza comenzó a enviar copias de dicha ordenanza a los distintos comerciantes del sector, haciendo foco en el artículo 2do., que especifica las características de los rubros más representativos.
a) Cabaret: comprende aquellos locales con expendio de bebidas con números vivos, con o sin pista de baile.
b) Boite: abarca aquellos locales con expendio de bebidas, sin números vivos, con o sin pista de baile.
c) Bares nocturnos: locales donde se expendan bebidas, donde no se baila ni se dan espectáculos.
d) Confiterías bailables, bailantas, discotecas, discos y mega discos: locales donde se expendan o no bebidas, con o sin espectáculos, con pista de baile, donde el ingreso se otorga mediante la venta de entradas o ticket con derecho de consumición y/o similares.
e) Confitería, Café, Bar: se tratará de locales donde se expendan o no bebidas (con o sin alcohol) y comidas rápidas.
f) Pubs: comprenderá aquellos locales con despacho de bebidas, con espectáculo y sin pista de baile.
g) Bowling, Bolos, Pool, Billar: locales destinados exclusivamente a la práctica de tales juegos, con exclusión de cualquier otro tipo de actividad o atracción, sin pista de baile y sin números vivos.
De esta manera queda claro en la Ordenanza 2055 que los comercios habilitados como “bar” no están autorizados a tener pista de baile y que solamente pueden tenerla cuando se los habilita como cabaret, boite, bailanta, boliche bailable o discoteque.
La ordenanza también detalla los requisitos técnicos que deben cumplir los locales de esparcimiento, entre ellos puerta de emergencia, pisos y techos ignífugos, informe técnico sobre el aislante acústico utilizado, sistema anti-incendio con detectores y aspersores, cobertura médica, sistema de renovación de aire.
Sostiene que para poder funcionar deben presentar un informe de instalación contra incendios aprobado por el cuerpo de bomberos de la Provincia y plano conforme a uso declarado.
En el caso de rubros aprobados (no ilegales) que generen “afectación a la población circundante”, la ordenanza otorga un plazo de 60 días como máximo “para ejecutar las adecuaciones; caso contrario se revocará la habilitación, o se desestimará el trámite que tuviera iniciado, procediéndose a la clausura inmediata”.
En su artículo 12 la ordenanza también establece que los locales deberán exhibir un cartel con el número máximo de clientes que permiten las instalaciones (algo que ninguno acata).
Desde el área de Comercio dijeron a InfoCañuelas que luego enviar copia de la ordenanza a los distintos locales gastronómicos y de esparcimientos, durante el fin de semana habrá inspecciones para corroborar que estén funcionando de acuerdo al rubro para el cual fueron habilitados oportunamente y que en caso de incumplimientos habrá clausuras.
Escrito por: Redacción InfoCañuelas