La jueza María Ventura Martínez, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Nro. 2 de La Plata, rechazó un amparo por mora iniciado contra la Municipalidad de Cañuelas por tres ciudadanos que recibieron fotomultas y cuyos descargos realizados ante la web del Ministerio de Transporte no fueron atendidos dentro de los plazos legales.
En un dictamen fechado el 22 de noviembre, la jueza tomó en consideración un planteo realizado por la abogada del municipio, Micaela Ramírez, quien alegó una falta de legitimación pasiva, extremo que se da cuando alguna de las partes no reviste la condición de persona idónea o habilitada por la ley para discutir el objeto sobre el que versa el litigio.
En otras palabras Ramírez argumentó que al haberse firmado un convenio marco de colaboración con el Ministerio de Transporte para adherir al Sistema de Administración Centralizada de Infracciones de Tránsito (SACIT), el cual se encuentra bajo la órbita de La dirección Provincial de Política y Seguridad Vial, sería ese ministerio el que debe responder ante cualquier reclamo administrativo y no el municipio. La jueza Martínez estuvo de acuerdo con ese encuadre, por lo que desestimó la demanda.
El 22 de octubre los ciudadanos Marcelo Daniel Lubovitsky, domiciliado en Villa Madero; Oscar Luis Giménez, de Morón; y Roberto Ignacio Lohigorry, de José C. Paz, representados por el abogado Federico Furlán, presentaron un amparo conjunto por mora.
Los tres recibieron multas fotográficas constatadas en el partido de Cañuelas. Realizaron el correspondiente descargo en la web del Ministerio de Transporte, pero transcurridos 60 días no obtuvieron ninguna respuesta (cuando la Ley establece un plazo de 20 días de resolución).
Tras ser notificada de la demanda, la letrada municipal Micaela Ramírez planteó que al municipio le cabía la falta de legitimación pasiva, atribuyendo la responsabilidad a la Provincia.
“El procedimiento y gestión de las infracciones que se detecten en rutas nacionales o provinciales, caminos, autopistas y semiautopistas, incluso las que atraviesen el ejido urbano, de jurisdicción provincial estará integrado a un Sistema Único de Administración de Infracciones de Tránsito Provincial. Su juzgamiento será competencia de los Juzgados Administrativos de Infracciones de Tránsito Provincial” sostuvo Ramírez, quien adjuntó una copia del convenio marco firmado el 22 de octubre de 2020 entre la intendente Marisa Fassi y el director provincial Federico Pedersoli Castellani.
Furlán rechazó este planteo de Ramírez. “Al haber adherido al (SACIT), el Municipio de Cañuelas asume una responsabilidad compartida en la gestión y fiscalización de las infracciones de tránsito (con los beneficios de recaudación que ello trae aparejado al Municipio)”.
Además, recordó que “el Convenio Marco de Colaboración establece en sus objetivos la promoción y difusión de medidas de concientización ciudadana sobre las normativas vigentes y el alcance del sistema de control de infracciones. Dicha obligación implica, entre otras cuestiones, que el Municipio debe garantizar que los ciudadanos conozcan con precisión cuál es la jurisdicción competente para la gestión de las multas”.
La jueza no lo entendió así y rechazó la demanda. Furlán iniciará ahora una nueva causa, esta vez contra la Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial.
Escrito por: Redacción InfoCañuelas